La Iglesia frente al pluralismo
IGNACIO SOTELO 12/09/2008
A
menudo, se ha señalado como una particularidad específica de Europa separar el
poder espiritual del temporal. En el Imperio Romano, siguiendo las huellas del
despotismo oriental, ambos poderes se fusionaron, unión que ha perdurado hasta
nuestros días en el mundo islámico, pese a que en el monoteísmo tenga otro
alcance que en el politeísmo.
Una nítida
separación del poder político caracterizó al primer cristianismo, sufriendo por
ello discriminación y persecuciones. En el llamado edicto de Milán (313), sin
ocultar sus simpatías por el cristianismo, el emperador Constantino lo igualó a
las otras religiones, garantizando por vez primera la neutralidad del Estado
ante las distintas confesiones. Los apoyos y privilegios que recibió la Iglesia los pagó al alto
precio de ver transmutados los obispos en funcionarios imperiales. En el último
tercio del siglo IV, con la proclamación del cristianismo como religión oficial
del Imperio, se suprimió de un plumazo la frágil tolerancia religiosa. El
senado, último baluarte pagano, en el 382 abjuró solemnemente de los dioses
tradicionales, decretando castigos para los que se mantuvieran fieles a los
antiguos cultos. La religión perseguida, en cuanto se vinculó al poder del
Estado, se transformó en perseguidora.
Con la caída
del Imperio Romano de Occidente, la
Iglesia queda abandonada a sí misma, con el objetivo de
reconstruir lo antes posible la antigua alianza con el poder político. En el
afán de un mayor grado de integración centralizada, el poder temporal y el
eclesiástico se necesitan mutuamente, configurando así el binomio
Imperio-Papado que singularizó a la cristiandad. Ni qué decir tiene que el
equilibrio entre ambos poderes fue siempre muy inestable, predominando el poder
temporal, hasta que la fragilidad del Imperio por la dispersión feudal del
poder, pero sobre todo por el resurgir de los reinos, robusteció una Iglesia
que pretende librarse de la sumisión a los poderes temporales, libertas ecclesiae. Gregorio VII (1073-85) llega a defender la
superioridad del poder espiritual, así como el alma prevalece sobre el cuerpo,
incluida la posibilidad de destituir a los poderosos, sean cual fuere su rango,
que a juicio de la Iglesia
se aparten de los dictados divinos.
La crisis
del Imperio y del Papado a partir del siglo XIV -Francia logra incluso llevar
la corte papal a Aviñón- debilitan el binomio hasta
la insignificancia. La reforma protestante refuerza la autonomía de las distintas
iglesias, en buena parte sometidas al poder de los Estados, incluso en los
países en los que se impuso la Contrarreforma. Después
de haberse desgarrado en las guerras de religión, a finales del siglo XVII
Europa encuentra su identidad en la tolerancia religiosa, matriz de todas las
demás libertades. Las libertades civiles, tales como las entienden los
europeos, son inconcebibles sin la libertad de cada cual de salvarse a su
manera, de creer o no creer lo que les dicte la conciencia, libertad religiosa
que presupone, tanto la neutralidad del poder, como la estricta separación de
Iglesia y Estado.El enfrentamiento de la Iglesia católica con la
libertad de conciencia, como base de la tolerancia religiosa y de la estricta
separación del Estado, ha durado casi tres siglos, un largo trecho del que no
puede sentirse muy orgullosa. La oposición visceral a los valores constitutivos
de Europa, tal como se expresa en el Syllabus,
o catálogo de los errores modernos (1864), muestra hasta qué punto la jerarquía
católica por boca del papa Pío IX puede desbarrar política y socialmente.
Enclaustrada en prejuicios acumulados en una tradición moldeada por un solo
interés, salvaguardar poder y privilegios, la Iglesia ha ido apartándose
de aquel primer cristianismo, "que daba al César lo que es del César y a
Dios lo que es de Dios".
La Iglesia no se ha instalado en la modernidad europea hasta el
Concilio Vaticano II, en el que por fin reconoce la libertad de conciencia con
todas sus consecuencias. Empero, lo más significativo de este último medio
siglo es que una buena parte de la jerarquía ha ido distanciándose de los
postulados básicos del Concilio, como si renunciar a los privilegios provinientes del poder político implicase el
resquebrajamiento de su estructura interna. Más que confiar en la ayuda del
Espíritu Santo, la Iglesia
prefiere asegurarse la del Estado; la española, en particular, no ha sabido
librarse de su pasado nacionalcatólico y las críticas
que recientemente ha hecho a la neutralidad laica del Estado rezuman valoraciones y conceptos de un pasado que creíamos
superado.
La jerarquía
eclesiástica española ha vuelto a plantear posiciones que en los años setenta
del siglo XIX ya llevó al enfrentamiento con la Alemania de Bismarck (Kulturkampf). Al
apelar a un "derecho natural", en sí mismo racional y además,
incardinado en la ley eterna de origen divino, que sólo a la Iglesia correspondería
interpretar, coloca sobre el derecho positivo uno de origen divino en manos
exclusivas de la Iglesia.
Si el poder político sanciona leyes que van contra el
"derecho natural", como es el caso del aborto o del matrimonio
homosexual, de hecho rompe con el orden democrático, ya que únicamente es
legítimo si se sostiene sobre el "derecho natural". Desde una argumentación
que creíamos superada por el último Concilio, algún obispo español ha llegado a
descalificar al Gobierno de "antidemocrático".
Habrá que
recordar a la jerarquía eclesiástica que el Estado de derecho, tal como lo
construye la ciencia jurídica alemana del siglo XIX, y que se recompone en el
XX en "Estado democrático de derecho" se basa en tres principios: 1.-
Sólo el Estado es fuente de derecho; no hay otro derecho que el estatal; 2.- A
la vez que obliga a todos, el Estado respeta el derecho que se ha dado a sí
mismo, evitando toda arbitrariedad; 3.- Ha sido promulgado siguiendo un
procedimiento en el que se haya expresado la voluntad de la mayoría.
Si se
reconocen la libertad de conciencia de cada uno, así como las libertades
civiles y los derechos humanos, el resultado es un pluralismo de ideas y
posiciones sobre lo que es bueno y justo, sin que instancia alguna pueda
definir previamente sus contenidos. La Iglesia lo puede hacer para sus fieles, pero en
ningún caso para el conjunto de los ciudadanos, que supondría el fin de las
libertades. Este pluralismo, que tanto le ha costado reconocer a la Iglesia, es consustancial
con la democracia y obliga al Estado a mantener una neutralidad ideológica y
confesional, así como a imponer como único derecho válido el que haya sido aprobado
por la mayoría según los procedimientos previstos.
Sólo cuando la Iglesia acepta el
pluralismo implícito en el reconocimiento de las libertades y derechos humanos
fundamentales -Pío VI condenó como "apostasía nacional" la Declaración
de los derechos del hombre y del ciudadano (1789)- puede decirse que ha
asumido la democracia, dispuesta a convivir en un mundo en el que muchos no
comparten sus valores y "verdades". En todo caso, al igual que los
demás ciudadanos e instituciones religiosas y civiles en una democracia, la Iglesia tiene garantizados
libertades y derechos, sin que pueda sufrir persecución alguna, a no ser que,
como a menudo ha ocurrido en el pasado, y sigue sucediendo hoy en España, llame
"persecución" a ver cercenados privilegios heredados que no encajan
en una democracia, necesariamente, recalco, pluralista y laica.